La comunidad
afrocolombiana ven en los mecanismos
constitucionales y demás leyes o marcos jurídicos establecidos por el estado el principal mecanismo de apoyo para construir en los territorios una vida con
dignidad y libertad.
La falta de liderazgo
político es una amenaza para la gestión
y aprobación de políticas públicas que les generen beneficios a estas comunidades; de tal manera que en muchos programas y
proyectos hay desconocimiento acerca de
las normas que regulan a los afros.
A pesar de tener el panorama
anterior, se podría decir que en los últimos años ha habido un avance importante en el trabajo con
la población afrodescendientes por parte del Gobierno Nacional. Por un lado, no
obstante la dispersión que ha
caracterizado a la dinámica negra, en
los últimos años se ha avanzado en
procesos de articulación entre las
diferentes expresiones afrocolombianas; donde
algunos líderes y organizaciones afrodescendientes
han avanzado en una gestión
internacional y nacional, lo que ha
permitido la visibilidad del tema y ha inducido una reacción del Gobierno
Nacional y la cooperación internacional para atender a esta población. Cabe
aclarar que desde la década de los noventa, Colombia adoptó leyes para aumentar
la inclusión social de su población afrodescendiente, de tal manera que en la
Constitución Política de 1991, en su artículo transitorio 55, generó
condiciones para la expedición de la Ley 70 de 1993 (Ley de Derechos de las
Comunidades Negras como Grupo Étnico) que estableció, entre otros, mecanismos
de protección de la identidad cultural, de los derechos de comunidades étnicas
y de fomento para su desarrollo económico y social. Otras leyes de especial
relevancia son: Ley 649 de 2001, Ley 22 de 1981 y Ley 165 de 1994.Actualmente,
el Gobierno Nacional está haciendo un gran esfuerzo por priorizar a esta
población en sus políticas, planes, programas y proyectos, con lo que hoy se
podrían presentar avances importantes
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